‘A’ 7621

Circular CAMEX 1-938: Exterior y cambios. Adecuaciones.
El Banco Central establece que las disposiciones previstas en el punto 3.5.7. de las normas de ‘Exterior y cambios’, referido al acceso al mercado de cambios para cursar pagos de endeudamientos financieros del exterior a contrapartes vinculadas, y las disposiciones previstas en los puntos 3.5.8., 3.6.7. y 3.17., relativas a vencimientos de capital de pasivos en moneda extranjera, se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023.