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Circular REMON 1-1077: Efectivo mínimo. Financiamiento al sector público no financiero. Adecuaciones.
El BCRA establece en 630 días corridos el plazo máximo de los títulos públicos nacionales en pesos adquiridos por suscripción primaria desde el 28 de septiembre, previstos en los puntos 1.3.7.1. y 1.3.18. de las normas sobre ‘Efectivo mínimo’.  Además, dispone, con vigencia a partir del 27 de septiembre, que la exigencia de efectivo mínimo que las entidades financieras puedan integrar con LELIQ, podrán también integrarla con títulos públicos nacionales con rendimiento en moneda dual que se encuentren depositados en la Subcuenta 60 efectivo mínimo habilitada en la CRyL. Al efecto de la integración, los títulos públicos deberán valuarse a precios de mercado.