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Circular CAMEX 1-922: Exterior y cambios. Adecuaciones.
El Banco Central introduce adecuaciones en las normas de Exterior y Cambios. Entre otras cosas, se reduce a 60 días corridos el plazo en el caso que el pago corresponda a servicios contratados a no residentes por empresas del sector energético para atender sus necesidades operativas.
Además, en lo relativo a la ampliación del monto previsto en el punto 10.11. a partir de la liquidación de anticipos y prefinanciaciones de exportaciones del exterior, se incorpora que, en caso de que los bienes a abonar correspondan a fertilizantes y/o productos fitosanitarios y/o insumos que serán utilizados para la elaboración local de los mismos, se admitirá el acceso por el equivalente al monto que el importador ingrese y liquide en concepto de anticipos y prefinanciaciones en el exterior que tenga una fecha de vencimiento igual o posterior a la fecha del registro de ingreso aduanero de los bienes más 60 días corridos. Si el pago se concretase con anterioridad al arribo de los bienes al país, la fecha de vencimiento deberá ser igual o posterior a la fecha estimada para el arribo más 60 días corridos.
Por último, se establece que las ‘Certificaciones de exportación de insumos temporales en el marco del régimen de aduana en factoría (RAF)’, podrán ser reasignadas parcial o totalmente a uno o más de los proveedores directos del beneficiario.