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Circular SINAP 1-148: Sistema Nacional de Pagos ­Transferencias. Sistema Nacional de Pagos ­ Transferencias ­ normas complementarias. Adecuaciones
El Banco Central realiza varias adecuaciones en el texto ordenado ‘Sistema Nacional de Pagos –Transferencias‘. Entre ellas se destacan: – Transferencias inmediatas. Establece que hasta el 1.3.22 el plazo de acreditación máximo será de 25 segundos para el caso de los pagos con transferencia en los que resulte necesaria la interoperabilidad entre diferentes esquemas de pago para su resolución. – Normas complementarias.Sustituye los puntos 2.6., 5.2.1., 5.2.3. y 6.3.1 y define que los participantes en general y los PSP que ofrecen cuentas de pago deberán reportar la información vinculada con transferencias electrónicas de fondos y pagos con transferencia que se cursen entre cuentas de la misma entidad financiera/PSP al administrador del esquema de pago en el que participan. – Administradores de esquemas de transferencias inmediatas.  Antes del 30.6.22 deberán presentar ante la Subgerencia de Medios de Pago un plan consensuado para la implementación de un repositorio transaccional unificado que almacene la totalidad de las operaciones reguladas dentro de lo que se conoce como ‘Transferencias 3.0’.