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Circular RUNOR 1-1702: Proveedores de servicios de créditos entre particulares a través de plataformas. Su reglamentación.
Con vigencia a partir del 3.1.22, en Banco Central aprueba las normas sobre ‘Proveedores de servicios de créditos entre particulares a través de plataformas‘. Se consideran proveedores de servicios de créditos entre particulares a través de plataformas (PSCPP) a aquellas personas jurídicas que ofrezcan el servicio de acercar y poner en contacto a uno o más oferentes con demandantes de crédito para concretar operaciones de préstamo en pesos.   El BCRA extiende la aplicación de las disposiciones de la Ley de Entidades Financieras a las personas que realicen las actividades previstas.