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Circular SINAP 1-135: Medidas para mitigar el fraude en operaciones con billeteras digitales.
El Banco Central dispone que los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPOCP) podrán permitir que esas cuentas tengan más de un titular. Además, establece que las entidades financieras y los PSPOCP que brindan el servicio conocido como ‘billetera digital‘ o similar deberán cumplir con los recaudos que se detallan en la presente. La fecha límite para que estas disposiciones estén implementadas y operativos es el 1 de agosto para cuentas nuevas y el 31 de octubre para las que se encuentren abiertas al momento de difusión de esta comunicación.