‘A’ 7208

El BCRA establece que las entidades financieras que operen cajeros automáticos deberán incorporar, como una nueva alternativa de autenticación de doble factor, lectores biométricos que permitan la identificación de las personas usuarias a través de la captura de huellas digitales, tanto a los equipos habilitados como para los que se habiliten en el futuro. El proceso de identificación con huellas digitales deberá ser efectuado por la entidad emisora o un procesador que le preste servicio, quienes serán responsables por la seguridad de los datos biométricos y su información asociada en todos sus estados (almacenamiento, transporte, entre otros). Se dispuso un cronograma hasta alcanzar la interoperabilidad y su utilización en el total de los cajeros a fin del año 2022.