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El Banco Central dispone que las entidades financieras que abonen el ingreso familiar de emergencia (IFE) podrán extender en hasta 2 horas su horario habitual de atención al público exclusivamente para abonar por ventanilla el IFE a los beneficiarios que les informe la Administración Nacional de la Seguridad Social y de acuerdo con el cronograma establecido por dicho organismo.