‘A’ 7056

El Banco Central comunica que la reestructuración de los saldos impagos de financiaciones distintos de los generados bajo el régimen de la Ley de tarjetas de crédito prevista en el punto 2.1.1.2. y último párrafo del punto 2.1 de las normas de ‘Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N°260/2020 Coronavirus (COVID- 19)’ alcanza exclusivamente a los que se generen a partir del 20 de marzo de 2020, sin comprender a las cuotas impagas con anterioridad a esa fecha.