‘A’ 7043

El Banco Central comunica la nómina de Regímenes Informativos que los Operadores de Cambio deben presentar, reemplazando las indicadas oportunamente por la ‘A’ 6619. Entre ellos podemos destacar la incorporación de: – El Régimen Informativo Contable Semestral para Casas y Agencias de Cambios
– El Informe Especial del Auditor Externo sobre la verificación del cumplimiento de las normas sobre exigencia e integración de capitales mínimos. (frecuencia semestral)
– El Régimen Informativo Información sobre tenencias en moneda extranjera de casas y agencias de cambio. (frecuencia mensual) Además se brindan especificaciones y aclaraciones sobre las distintas presentaciones en relación a los cierres de ejercicio de cada entidad. Finalmente, se aclara que en función de lo previsto en los artículos 5ºy 7º-inciso c)- de la Ley 27.468 y la Comunicación ‘A’ 6651, los Estados Financieros de ejercicios económicos iniciados a partir del 1 de enero de 2020 deberán estar expresados en moneda homogénea.