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El BCRA modifica las normas de Financiamiento al sector público no financiero (Sección 9. Disposiciones transitorias) a fin de extender hasta el 31 de julio de 2020 el período en el cual las asistencias financieras con destino al pago de haberes del personal se considerarán como concepto excluido a la hora de computar los límites básicos individuales y globales establecidos en materia de fraccionamiento del riesgo crediticio. Además, extiende al 1 de agosto de 2020 la fecha hasta la cual los adelantos que se encuentren vigentes pasarán a estar sujetos a los límites crediticios señalados precedentemente.