El BCRA adecúa las normas de procedimiento del RI de Efectivo Mínimo y Aplicación de
Recursos (RI – EM – AR) como consecuencia de la emisión de las Comunicaciones 'A' 6719 (que
actualizó, con vigencia desde el 01/06/19, las normas sobre 'Efectivo mínimo' en lo que respecta
a las exclusiones de obligaciones con comercios por las ventas realizadas en un pago mediante
la utilización de tarjetas de crédito y/o compra), 6728 (que implementó, con vigencia desde el
01/07/19, una baja de 3 p.p. para todas las EF en las tasas de exigencia de efectivo mínimo en
pesos), 6738 (que ajustó el esquema para que las EF integren la exigencia en pesos –del período
y diaria– con LELIQs y/o NOBACs) y 6740 (que restituyó, con vigencia a partir del 01/07/19, el
punto por el cual define la reducción de la exigencia en función de los retiros de efectivo
realizados a través de cajeros automáticos de la Comunicación A 5471). En tal sentido, se
ajustan las normas para el cálculo de plazos residuales y de la exigencia y tasas del mes bajo
informe, tramos de plazos y promedios informados en el periodo anterior. Asimismo, se
especifican las características del Código 702000/001, se indican las partidas que se utilizarán
para informar los importes admitidos que se apliquen a integrar la exigencia en pesos del período
y diaria y se ajustan algunos códigos. Finalmente, se incluyen las instrucciones dadas a conocer
a través de la Comunicación A 6734, que para las presentaciones de junio incorporó la partida
755000/001 – Exigencia no integrada en pesos, a ser informada por las EF que opten por integrar
en julio los referidos traslados.