‘A’ 6654

Con vigencia a partir del 01/03/19, el BCRA incrementa el tope de cobertura del seguro de garantía de los depósitos (a que se refieren los puntos 5.3.1, 5.3.2., 5.3.3. y 6. de las normas sobre ‘Aplicación del Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos’) y establece el mismo en $ 1 millón (el monto anterior era de $ 450.000). Por otra parte, se actualiza el punto 8.1. de esas normas, que se refiere a la legislación aplicable, eliminando la última oración del primer párrafo del artículo 1° de Ley 24.485, en el que se señalaba que se facultaba al Banco Central de la República Argentina a organizar y poner en funcionamiento el sistema en cuestión.