‘A’ 6479

El BCRA adecúa el RI para sociedades de garantía recíproca y los fondos de garantía de carácter público inscriptos ante la institución, como consecuencia de las disposiciones difundidas a través de la Comunicación ‘A’ 6383, vigentes a partir del trimestre finalizado el 31/03/18. Se informa al respecto que los fondos de garantía de carácter público deberán enviar los estados financieros correspondientes a cada uno de sus primeros tres trimestres económicos y al cierre del ejercicio, acompañados del respectivo informe de auditoría externa y cumplir con las normas contables profesionales vigentes acompañándolos de informes efectuados por auditores externos. También informarán el detalle de las garantías otorgadas al cierre de cada trimestre, de acuerdo con la Comunicación ‘A’ 6298. Será de aplicación, para el trimestre finalizado el 31/3/2018, el modelo de Informe especial difundido por la Comunicación ‘A’ 5537. En tanto, las SGR deberán presentar, con frecuencia trimestral, un informe especial de auditor externo sobre el cumplimiento de los requisitos previstos por el BCRA. Los procedimientos contenidos en el punto a) del anexo I del modelo de informe, serán de aplicación a partir del trimestre abril–junio/18. Asimismo se informa que, a partir de la vigencia de la presente comunicación, se modifica el vencimiento para la presentación del régimen informativo, que operará a los 90 días contados desde cierre del período al que corresponden los datos.