Decreto 489/2019

En cumplimiento de las exigencias internacionales y a fin de fortalecer el marco legal e
institucional vigente el Ejecutivo busca, a través del presente decreto, ordenar y centralizar en
un único organismo, toda la información relacionada con congelamientos administrativos
de activos vinculados al terrorismo y su financiación (Decreto 918/2012).
En tal sentido, se crea un registro público, electrónico, seguro, único y específico –el REGISTRO
PÚBLICO DE PERSONAS O ENTIDADES VINCULADAS A ACTOS DE TERRORISMO Y SU
FINANCIAMIENTO (RePET)- y se habilita a que el mismo pueda brindar acceso público y
garantizar el intercambio de información con las agencias con competencia en la materia y con
terceros países, lo que permitirá fortalecer los mecanismos de cooperación doméstica e
internacional.
Además, por iniciativa propia del país, se incorpora la posibilidad de registrar también todos los
precedentes y actos procesales relevantes relacionados con la instrucción de procesos penales
en los que se investigue la participación de personas humanas, jurídicas o entidades en actos de
terrorismo o en su financiamiento.
Se dispone que el Ministerio de Justicia dictará las normas complementarias, operativas y
procedimentales que sean necesarias para la mejor aplicación del presente decreto. Y se anuncia
que el GAFI evaluará el cumplimiento técnico y la efectividad del sistema nacional de prevención
y combate al lavado de activos y la financiación de nuestro país en 2021.