El BCRA dispone que, en el marco del cumplimiento de las Estadísticas que realiza el Bank for International Settlements (BIS), las 25 entidades financieras que se encuentran detalladas en Anexo de la presente deberán remitir información sobre sus operaciones de cambio y actividad en el mercado de derivados Over the Counter (OTC). Respecto del volumen negociado en el mercado de cambios y en derivados OTC, se reportarán los volúmenes negociados en función de la localización de su punto de venta (sales desk location basis), aun si se trata de sucursales o subsidiarias de entidades financieras del exterior, correspondientes a abril/19 y la fecha de vencimiento para la presentación es el 31/05/19. Se dispuso que La información cubre las operaciones de contado y las transacciones del tipo Over the Counter (OTC). En tanto, la información los saldos vigentes de derivados OTC al cierre de un período deberá cumplimentarse con los contratos vigentes al 30/06/19 y su vencimiento operará el 23/08/19 con los saldos nocionales y el valor de mercado bruto de los contratos vigentes al cierre del mes, correspondientes a derivados OTC sobre tipo de cambio, tasa de interés, acciones, productos básicos (commodities), crédito y ‘otros’.