Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 784

La Comisión Nacional de Valores (CNV) incorpora los valores negociables que, emitidos por otras entidades, son descontados en primer endoso en un mercado autorizado, por parte de una PYME dentro del ‘Régimen Especial para la Constitución de Fondos PYMES’, como instrumentos destinados al financiamiento de PYMES, en adición a los valores negociables emitidos por este tipo de empresas y/o por otras entidades cuya emisión tenga por objeto o finalidad el financiamiento de las mismas.   Asimismo, a fin de armonizar la normativa del organismo a lo dispuesto por la Ley de Impuesto al Financiamiento PYME (Ley 27.440), se incorpora dentro de los activos elegibles a los Certificados de Obra Pública librados en favor de una PYME y a las cuotapartes de los Fondos Comunes de Inversión Cerrados que tengan por objeto de inversión el financiamiento de PYMES, en tanto fueran administrados por otra Sociedad Gerente, y su inversión no supere el 5% del patrimonio neto del FCI Abierto, como así también la posibilidad de adquirir los instrumentos de facturación denominados ‘Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs’.