Avanza la implementación del ajuste por inflación de los balances. En línea con lo dispuesto por la RG CNV 777, a través de la cual la CNV estableció que los estados financieros sean presentados en moneda homogénea a partir del cierre al 31/12/18, en este caso la SSN dicta la reglamentación para la recepción de los estados contables anuales o por períodos intermedios en moneda constante para el mercado asegurador. A esos fines, por la presente, incorpora al Reglamento General de la Actividad Aseguradora la adopción de normas generales, criterios y guías acordes a lo definido por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE). De esta manera, con aplicación a los estados contables al 30 de junio de 2019 y siguientes, los balances de las compañías de seguros y reaseguradoras correspondientes a ejercicios económicos completos o períodos intermedios, deberán presentarse ante la SSN expresados en moneda homogénea. Como disposición transitoria, se define que para los Estados Contables hasta el período intermedio marzo/19, las aseguradoras y reaseguradoras deberán exponer en notas el efecto del ajuste, siguiendo las pautas de la FACPCE. Como mínimo deberán: a) informar los impactos cualitativos que producirá el reconocimiento del ajuste por inflación, y b) revelar cuantitativamente en los estados contables a marzo 2019, la información resumida de Activo, Pasivo, Patrimonio Neto y Resultados, ajustada por inflación, acumulada hasta el mencionado período.