Resolución General de la Inspección General de Justicia 7/2018

En línea con lo dispuesto por la Res UIF 130/2018, que modificó los montos de los umbrales establecidos en sus resoluciones, la Inspección General de Justicia (IGJ) modifica los artículos 516 y 517 del Anexo ‘A’ de la RG IGJ 7/2015, como así también los anexos XXIV y XXV de la norma mencionada. La presente medida recepta lo establecido en la Recomendación 1 de las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para prevenir los delitos de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo, que establece que los países deben aplicar un enfoque basado en el riesgo a fin de asegurar que las medidas implementadas sean proporcionales a los riesgos identificados.