‘A’ 6558

Por medio de esta circular, el BCRA adecúa las normas de Gestión crediticia, Clasificación de deudores, Fraccionamiento del riesgo crediticio, Graduación del crédito, Garantías y Previsiones mínimas por riesgo de incobrabilidad. Entre las actualizaciones realizadas, se destaca la incorporación de un nuevo acápite al punto sobre aspectos específicos de las normas de Gestión Crediticia (punto 1.1.3.2.), donde se establece que, en los casos de títulos de crédito cedidos a favor de la entidad sin responsabilidad para el cedente, ésta deberá integrar el legajo con los datos que permitan la identificación del sujeto obligado al y podrá asignarle el margen crediticio mediante métodos específicos de evaluación, en la medida que los instrumentos cedidos provengan de operaciones de venta o de prestación de servicios correspondientes a la actividad del cedente siempre que se cumplan una serie de condiciones detalladas allí. En la misma línea, se actualizan varios acápites de los puntos 1.1.3.2., 1.1.3.3. y 1.3.6. de las esas normas, con las características que debe tener el legajo sobre la información acerca del margen global máximo de crédito para el cual califique el cliente conforme a la política crediticia de cada entidad. Estos, entre otros cambios.