La Unidad de Información Fianciera (UIF) aprueba la reglamentación del deber de colaboración del BCRA con el organismo (en los términos del inciso 7 del art. 14° de la Ley 25.246) en pos de adecuar el mismo a los nuevos parámetros establecidos en la Res UIF 30-E/2017, por la que se establecieron los lineamientos de cumplimiento para la gestión de riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo en las EF y adoptaron los lineamientos de los estándares internacionales emitidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) que conducen hacia la aplicación del enfoque basado en riesgo.