La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispone la implementación de nuevos planes de facilidades de pago en el ámbito del sistema ‘MIS FACILIDADES’, aplicables para la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones, vencidas al 30/06/18, inclusive, así como de sus respectivos intereses. Podrán incluirse las obligaciones que hubieran sido incorporadas en planes de pagos anulados, rechazados o caducos. Además, se reformulan los planes vigentes implementados por las RG AFIP 3.827/2016 y RG AFIP 4.099-E/2017 y de corresponder sus intereses. Cabe aclarar que esto no implica la reducción total o parcial de los intereses resarcitorios y/o punitorios o la liberación de las pertinentes sanciones. Asimismo, se dictan por la presente las formalidades, plazos y demás condiciones que deberán observar los administrados para solicitar la adhesión al régimen que se establece, como también para el ingreso de las deudas que se pretenden cancelar.