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Circular SINAP 1-207: Sistema Nacional de Pagos. Truncamiento de cheques y transmisión de imágenes.
A partir del lunes 29 de abril se modifica el monto de los cheques truncados sin envío de imagen y, en consecuencia, las entidades depositarias deberán retener los documentos y transmitir la correspondiente información electrónica a la cámara de compensación cuando su importe sea menor o igual a 1.000.000 (un millón de pesos). Para los cheques superiores a ese monto, se deberán retener los documentos y transmitir, adicionalmente al registro electrónico, la imagen de su frente y dorso. Las entidades depositarias -independientemente del monto- deberán seguir enviando la imagen del frente y dorso de la totalidad de los restantes instrumentos compensables.