‘A’ 7941

Circular CAMEX 1-1003: Exterior y cambios. Adecuaciones.
Con vigencia a partir del jueves 11 de enero, el Banco Central modifica las normas de Exterior y cambios y dispone lo siguiente: • Reemplazar el punto 3 de la comunicación ‘A’ 7935, con lo cual los importadores de bienes y servicios que suscriban Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL) podrán acceder al mercado de cambios para pagar deudas comerciales por la importación de bienes y servicios previas al 13.12.23 por las cuales no solicitó la suscripción del mencionado título en la medida que se cumplan los requisitos detalladas en la presente. • Y como novedad, los importadores de bienes y servicios que suscriban BOPREAL correspondientes al mayor plazo ofrecido por el BCRA, con anterioridad al 31 de enero y por un monto igual o mayor al 25 % del total pendiente por sus deudas elegibles para lo dispuesto en los puntos 1. y 2. de la comunicación ‘A’ 7925, podrán acceder al mercado de cambios a partir del 1 de febrero para pagar deudas comerciales por la importación de bienes y servicios previas al 13 de diciembre por las cuales no solicitó la suscripción del mencionado título en la medida que el pago no supere el equivalente al 50% del monto liquidado simultáneamente en concepto de cobros anticipados de exportaciones de bienes que serán cancelados con embarques cuyos cobros hubiera correspondido ingresar a partir del 1 de marzo de 2025 a razón de un máximo mensual equivalente al 10% del monto total de los anticipos que se encuadraron en este mecanismo. La entidad deberá contar con una declaración jurada del importador en la cual deja constancia de que será necesaria la conformidad previa del BCRA para la cancelación de estos cobros anticipados de exportaciones de bienes antes de los plazos estipulados. Adicionalmente a los restantes requisitos normativos aplicables, la entidad deberá contar con una declaración jurada del cliente en la que conste el monto suscripto del BOPREAL de mayor plazo y los montos de las deudas comerciales de bienes y servicios por operaciones anteriores al 13 de diciembre elegibles.