‘A’ 7942

Circular SINAP 1-201: Normas sobre ‘Sistema Nacional de Pagos-Débito inmediato’ y ‘Sistema Nacional de Pagos-Transferencias-normas complementarias’. Adecuaciones.
A través de la presente comunicación el Banco Central difiere hasta el 30 de abril la fecha para que los agregadores o adquirentes cumplan con el requisito establecido en el punto 4.4. y puedan regularizar su situación. Además, también difiere hasta el 30 de abril la fecha de entrada en vigencia establecida en el punto 1. de la comunicación ‘A’ 7841 y, de esa manera, los participantes de los esquemas de transferencias inmediatas que utilicen el débito inmediato (DEBIN) recurrente para posibilitar a sus clientes el ingreso a sus cuentas de fondos provenientes de cuentas propias habilitadas en otros proveedores deberán -antes de la fecha mencionada- discontinuar dicha operatoria y habilitar a sus clientes el servicio de transferencia inmediata ‘pull’.