Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 5442/2023

Programa de Incremento Exportador. Ampliación del plazo autorizado de la solicitud de destinación de exportación. Decreto Nº 443/23. Resolución Nº 338/23 (SAGyP). Norma complementaria.
La AFIP habilita un plazo especial de validez de 90 días para las solicitudes de exportación de los productos incluidos en el Programa de Incremento Exportador (PIE), que no se encuentren alcanzados por la Ley Nº 21.453 y sus modificaciones, oficializadas en el marco del Programa.  Esta decisión se deriva debido a que la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca estableció que los exportadores que hayan adherido al PIE y que cuenten con Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) de los productos alcanzados por el Decreto N° 576/22, vigentes, dentro del régimen, y con vencimiento del período de embarque y/o la prórroga automática hasta el 30 de septiembre de 2023, inclusive, podrían solicitar una prórroga extraordinaria del período de embarque de hasta 240 días corridos.