Con el objeto de optimizar las aplicaciones disponibles, la AFIP implementa nuevos servicios con ‘Clave Fiscal’ a fin de que los contribuyentes y/o responsables de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales confeccionen las correspondientes declaraciones juradas. Asimismo, a efectos de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, pone a disposición de los mismos -a través del sistema ‘Cuentas Tributarias’- los importes de los anticipos del impuesto a las ganancias a ingresar por el período fiscal 2018, los que serán calculados considerando las actualizaciones de los importes correspondientes a las deducciones personales y tramos de escala, previstos en los Artículos 23 y 90 – respectivamente- de la ley del gravamen-, posibilitando que perciban una disminución automática en el importe de sus anticipos sin tener que recurrir a la utilización del régimen opcional de determinación e ingreso. En tal sentido, se establece que los contribuyentes previstos en las disposiciones de la RG AFIP 975/2001, a efectos de determinar e ingresar el impuesto a las ganancias, deberán confeccionar sus declaraciones juradas -exclusivamente- a través del servicio denominado ‘Ganancias Personas Humanas’. Los sujetos comprendidos en la RG AFIP 2.151 -excepto las sociedades indicadas en su Artículo 30- deberán confeccionar sus declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales exclusivamente a través del servicio denominado ‘Bienes Personales Web’. Y, finalmente, los beneficiarios de las rentas comprendidas en las RG AFIP 2.442 y RG AFIP 4.003 deberán efectuar la presentación de las declaraciones juradas informativas mediante las formas que -para cada caso- se indican en la presente. Se establece que los contribuyentes deberán contar con ‘Clave Fiscal’, con nivel de seguridad 2 como mínimo.