‘A’ 7394

Circular LISOL 1-953, OPRAC 1-1120, REMON 1-1050: Efectivo mínimo. Financiamiento al sector público no financiero. Actualización.
El BCRA da a conocer las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas sobre ‘Efectivo mínimo‘ y ‘Financiamiento al sector público no financiero‘ en función de las disposiciones difundidas mediante la Comunicación ‘A’ 7383, la cual dispuso que el plazo residual de los títulos públicos nacionales en pesos adquiridos por suscripción primaria a partir 1 de noviembre previsto en los puntos 1.3.7.1. y 1.3.16. de las normas sobre ‘Efectivo mínimo’ sea no inferior a 120 días corridos.