Decreto 67/2021

El Presidente de la Nación establece la medida de ‘distanciamiento social, preventivo y obligatorio‘ desde el día 1° de febrero de 2021 hasta el día 28 de febrero de 2021, inclusive, para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las Provincias argentinas, en tanto estos verifiquen en forma positiva la totalidad de los parámetros epidemiológicos y sanitarios dispuestos.
Además, prorroga desde el día 1° de febrero de 2021 hasta el 28 de febrero de 2021 inclusive, la vigencia del Decreto N° 297/20 que establece el ‘aislamiento social, preventivo y obligatorio‘, exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las provincias argentinas que no cumplan positivamente los parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos.