Resolución de la Secretaría de la Pequeña y la Mediana Empresa y Desarrollo Regional 167/2020

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores decide, a raíz del contexto de emergencia pública, prorrogar por el plazo de 1 año la medida que amplía el plazo previsto en la Ley N° 27.440 para la obligatoriedad de la emisión de las ‘Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs’ y la aceptación de las mismas.  Asimismo, se extiende también hasta el día 31 de diciembre de 2021, el plazo de 30 días corridos para efectuar el rechazo de la ‘Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs’ y su inscripción en el Registro.