Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 869

La Comisión Nacional de Valores establece la aplicación del procedimiento de ‘Elaboración Participativa de Normas’ invitando a la ciudadanía a expresar sus opiniones y/o propuestas respecto de la adopción de una reglamentación sobre ‘Proyecto de Resolución General s/ modificación TÍTULO VII – ALYC+SG’, tomando en consideración el texto contenido en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución, en donde, entre otras cosas se incorpora que las Sociedades Gerentes que se encuentren inscriptas simultáneamente bajo la categoría de Agente de Liquidación y Compensación deberán dar cumplimiento a los lineamientos establecidos en los Capítulos II y VII del Título VII de las Normas. En ese sentido, se incorpora un apartado de ‘Funciones adicionales‘ donde se describen las pautas que deberá cumplimentar la persona jurídica que se encuentre inscripta simultáneamente como ALyC y como Sociedad Gerente, en los términos de la presente. Se fija un plazo de 15 días hábiles para realizar presentaciones de opiniones y/o propuestas, las que deberán efectuarse a través del Sitio Web www.cnv.gov.ar.