Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 866

A los efectos de la aplicación del Régimen de Sinceramiento Fiscal (Ley N° 27.260), la Comisión Nacional de Valores redefine las opciones de inversión de los Fondos Comunes de Inversión.   Respecto a aquellos fondos declarados en forma voluntaria y excepcionalmente bajo este régimen, en virtud que en las actuales condiciones de mercado en la cual se evidencia la falta de activos que cumplan con las características enunciadas, redefinen las opciones de inversión de los Fondos Comunes de Inversión Abiertos estableciendo que el patrimonio neto de dichos fondos podrá ser invertido exclusivamente en valores negociables emitidos y negociados en el país.  Otro aspecto que modifican se relaciona con los fondos líquidos disponibles.  En este caso, amplían las opciones de inversión de los mismos durante el plazo de vigencia del fondo, permitiendo su inversión en cuotapartes de los Fondos Comunes de Inversión Abiertos y/o en activos cuyas características y riesgo sean compatibles con los requerimientos de liquidez, los objetivos del fondo y su plan de inversión.