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El BCRA dispone que desde el lunes 11 de mayo que las entidades financieras deberán reducir su posición neta de LELIQ en pesos en un 1 % adicional a la posición excedente registrada al 19 de marzo. Además, desde la misma fecha, establece una disminución de la exigencia en promedio en pesos de efectivo mínimo por un importe equivalente al 40 % de las financiaciones en pesos a MiPyME que sean acordadas a una tasa de interés nominal anual de hasta el 24 %, siempre que dichas MiPyME no estén informadas en la ‘Central de deudores del sistema financiero‘. Aquellas entidades alcanzadas deberán otorgar las financiaciones a las MiPyME a una tasa de interés nominal anual de hasta el 24 %, cuando éstas se presenten con garantía del FOGAR, por el monto cubierto por dicha garantía. Se pondrá a disposición de las entidades financieras el listado de MiPyME provisto por el Ministerio de Producción de la Nación, si bien las entidades financieras pueden incorporar otras en tanto reúnan los requisitos previstos en las normas sobre ‘Determinación de la condición de micro, pequeña o mediana empresa‘. A partir del 1 de julio se reducirá la posición neta excedente admitida y se dispone un nuevo esquema que se incluye en esta comunicación. Por último, establece que se requerirá de su conformidad previa para realizar operaciones correspondientes a formación de activos externos de residentes, remisión de ayuda familiar y derivados o vender títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferirlos a otras entidades depositarias. Las entidades autorizadas a operar en cambios, deberán solicitar a los clientes autorización para realizar estas operaciones o una declaración jurada en la cual conste que no son beneficiarios.