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El Banco Central incorporó como condición a evaluar para aquellos los clientes que pueden ser categorizados como ‘Grandes empresas exportadoras‘, la tenencia de pases y/o cauciones bursátiles tomadas, cualquiera sea su monto en pesos o moneda extranjera, a los fines de las normas de Política de crédito.  Específicamente, se podrán incorporar a partir de la presente, a las empresas del sector privado no financiero que mantengan un importe total de financiaciones alcanzadas en pesos en el conjunto del sistema financiero que supere $ 1.500 millonesy/o pases y/o cauciones bursátiles tomadas –en pesos y/o en moneda extranjera– cualquiera sea su importe.  Por este motivo, modifica el punto 7.1.2 y el último párrafo del punto 7.2. de las normas sobre ‘Política de crédito’. También aclara, que cuando el cliente reúna la condición de MiPyME –de acuerdo con las normas sobre ‘Determinación de la condición de micro, pequeña y mediana empresa’– no deberá presentar una declaración jurada en la que manifieste que no encuadra en la categoría de ‘Gran empresa exportadora’ ni mantiene pases ni cauciones bursátiles tomadores.