Comunicado de la Caja de Valores 9787

En el marco del proceso de reperfilamiento de los títulos públicos del Estado Nacional dispuesto por el Decreto 596/2019 y teniendo en cuenta aquellos supuestos en los cuales las tenencias de títulos corresponden a Personas Humanas deben ser exceptuadas del mismo, Caja de Valores S.A. comunica que deberá informar a la Oficina Nacional de Crédito Público del Ministerio de Hacienda el monto a abonar, en los plazos y condiciones que tal repartición ha solicitado. A tal fin, la entidad informa que esto es aplicable a las Personas Humanas cuyas tenencias se encontraban registradas al 31/07/19 bajo una Cuenta Depositante y posteriormente fueron transferidas a otra Cuenta bajo la misma titularidad, siempre que la subcuenta comitente no comprenda entre su titularidad ninguna Persona Jurídica; a las Personas Humanas cuyas tenencias al 31/07/19 y/o a la fecha de entrada de la medida se encontraban registradas -localmente- en la cuenta de Caja de Valores SA en centrales depositarias internacionales. E informa que, en caso de contar con algunos de los casos señalados, los depositantes deberán presentar la Declaración Jurada que obra como Anexo I o Anexo II a fin de que los comitentes denunciados sean considerados dentro del artículo 2° del Decreto aludido. Se aclara que para aquellos títulos cuyo vencimiento operó el 30/08, 4/09 y 13/09, las respectivas Declaraciones Juradas podrán ser entregadas por única vez, desde el 27/09 y hasta las 15 hs. del 01/10/19.