Con vigencia a partir del 21/10/19, el BCRA adecúa las normas de procedimiento del Régimen Informativo de Unidades de servicio de las entidades financieras en lo que respecta a las instrucciones generales, información solicitada, otras informaciones, tipos y códigos de unidades de servicios y ubicación / lugares de emplazamiento. Los cambios realizados son consecuencia de las disposiciones contenidas en las Comunicaciones ‘A’ 5983 (aprobó nuevas normas sobre ‘Expansión de entidades financieras’ que flexibilizaron los mecanismos de apertura de sucursales bancarias, entre otras medidas, eliminando el mecanismo de autorización previa), ‘A’ 6271 (modificó las normas de expansión en lo que respecta al concepto de oficinas de atención transitoria y lo modificó por el de sucursales móviles), ‘A’ 6275 (implementó la diferenciación de las exigencias de autorización para la instalación de sucursales en el país y en el exterior y añadió exigencias adicionales para las Sucursales móviles), ‘A’ 6304 (actualizó varios puntos delas Normas sobre ‘Autorización y composición del capital de entidades financieras’), ‘A’ 6573 (ajustó las normas sobre ‘Expansión de entidades financieras’, particularmente en lo que hace a la habilitación de Sucursales móviles) y ‘A’ 6603 (autorizó a las EF a delegar en agencias complementarias de servicios financieros la atención de sus clientes y público en general en el país e incorporó una nueva sección a las normas sobre ‘Expansión de entidades financieras’, con las condiciones a tener en cuenta a tal fin). Cabe destacar que la información a presentar en el marco del referido RI deberán tener en cuenta las Instrucciones Operativas emitidas por medio de la ‘A’ 6791, que complementen la presente.