Comunicación 1146

El Mercado a Término de Rosario (ROFEX) informa a los operadores que, a fin de reglamentar el Aviso 264 de Proveedor de Liquidez, los Productos Elegibles Conforme a lo establecido en el punto 4 del Aviso serán Futuros y Opciones de Dólar ‘A’ 3500 y las Obligaciones de los Proveedores de Liquidez serán las Obligaciones de cotización, cuyos requisitos y demás condiciones estarán establecidas en el pliego de condiciones respectivo. Asimismo, el mercado da a conocer en el presente la escala según la cual se debe negociar un volumen mínimo de contratos, los parámetros que regularán el máximo debajo del cual deberá mantenerse el ratio agresor/agredido y la frecuencia mínima de participación en las ruedas de negociación. Finalmente, se establecen los beneficios de los Proveedores de Liquidez, los Parámetros para el Cálculo del Índice de Provisión de Liquidez y se deja sin efecto la Com REOFEX 951.