Resolución General de la Inspección General de Justicia 33/2020

El Inspector General de Justicia resuelve que se inscribirán en el Registro Público a cargo de la Inspección General de Justicia (IGJ), todos los contratos de fideicomiso que satisfagan cualquiera de los extremos contemplados en el artículo 284 de la Resolución General IGJ N°7/2015 (‘Normas de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA’), conforme al texto del mismo que se transcribe en la presente. En la inscripción en el Registro Público de los contratos y sus modificaciones y de toda otra inscripción que corresponda, la IGJ verificará, previo a practicarla, el efectivo cumplimiento de los requisitos de fondo y de forma impuestos por el Código Civil y Comercial de la Nación.