Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 759

En línea con de las modificaciones efectuadas a la Ley de Fondos Comunes de Inversión por la Ley de Financiamiento Productivo (Ley 27.440), la Comisión Nacional de Valores (CNV) dispone cambios en el régimen de responsabilidad aplicable a las Sociedades Gerentes y Depositarias de los Fondos Comunes de Inversión.  En tal sentido, el Poder Legislativo en la mencionada Ley ya  eliminaba la responsabilidad solidaria entre la Sociedad Gerente y la Sociedad Depositaria, en esta oportunidad lo toma la Comisión y mantiene que las sociedades responderán de manera individual y separada por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a cada una de ellas. Y, con el fin de fortalecer los mecanismos de protección de los inversores, se incorpora la obligación expresa por parte de directores, gerentes y miembros del órgano de fiscalización de la Sociedad Gerente de velar por los intereses de los mismos. Entre otros puntos, se dispone que los excesos que se produzcan en la administración de la cartera de los fondos deberán ser comunicados a la Comisión en forma inmediata, por medio de la Autopista de la Información Financiera y que en la misma comunicación se describirán las causas de  dichos excesos y se presentará a consideración del organismo un plan de adecuación de la cartera a las limitaciones legales y reglamentarias mencionadas. En caso que la Comisión no aceptara el plan de adecuación presentado, los excesos deberán ser ajustados en forma inmediata. Cabe aclarar, que los excesos deberán tratarse de hechos excepcionales en la vida del Fondo, si son reiterados, la Sociedad Gerente del Fondo será pasible de las sanciones correspondientes.