Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 5418/2023

Procedimiento. Régimen de reintegros a sectores vulnerados. Resolución General Nº 4.676. Ampliación de beneficiarios y topes. Norma modificatoria.
La AFIP modifica la Resolución General 4676/2020 para incorporar al régimen de reintegros, previsto en la misma, a determinados sujetos y ampliar topes. Específicamente, se suman aquellos que se encuentren en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de 6 veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil; quienes se encuentren bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y quienes perciban ingresos por el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). El monto mensual reintegrado no podrá superar la suma de $ 18.800. por beneficiario y las entidades financieras serán las encargadas de acreditar en la cuenta bancaria, el monto correspondiente al reintegro conforme lo siguiente: a) Para las operaciones de compra que se realicen entre las 00:00 horas y las 17:00 horas del mismo día, la acreditación en cuenta se hará efectiva dentro de las 24 horas hábiles de efectuada cada operación. b) Para las operaciones de compra que se realicen luego de las 17:00 horas, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada cada operación de compra. La norma resultará de aplicación para las operaciones que se efectúen a partir de las 00:00 horas del 18 de septiembre de 2023.