Reglamentación. Ley Nº 27.440.

El BCRA resuelve que no formulará observaciones a que las entidades financieras puedan adquirir títulos públicos de la provincia de Entre Ríos en el marco del programa ‘Títulos de la Deuda Pública ER 2018 Nacionales’, que se realizará de acuerdo con las condiciones establecidas en la Res Hacienda 75/2018. Se establece que, dado que estos títulos no cuentan con alguna de las garantías elegibles previstas por las normas del BCRA, las EF adquirentes deberán cumplir las disposiciones aplicables en materia de ‘Capitales mínimos de las entidades financieras’ y de ‘Fraccionamiento del riesgo crediticio’.