Decreto 645/2022

Promulgación Parcial Ley Nº 27.686.
El Presidente de la Nación Argentina en acuerdo general de ministros promulga la Ley Nº 27.686 con una salvedad.  Han observado la frase ‘así como a las exportaciones incrementales de los bienes mencionados en el artículo 6° en términos de su valor FOB, realizadas por cada exportador considerando como período base el año inmediato anterior’, consignada en el artículo 13 del Proyecto de Ley.