Decreto 404/2019

El Ejecutivo establece, a los efectos del artículo 32 de la Ley de Riesgos del Trabajo – Ley 24.557 (según el cual el incumplimiento por parte de las ART, empleadores autoasegurados y las compañías de seguros de retiro de obligaciones a su cargo será sancionado con una multa de 20 a 2.000 AMPOs – Aporte Medio Previsional Obligatorio), en un 22% del monto del Haber Mínimo Garantizado la equivalencia del valor MOPRE.  Se dispone que esa equivalencia se aplicará a toda actuación sumarial en la que al momento de la entrada en vigencia (06/06/19) de este Decreto no se haya dictado resolución sancionatoria.