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Circular LISOL 1-1158, OPRAC 1-1324: Ratio de Apalancamiento. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras. Grandes Exposiciones al Riesgo de Crédito. Supervisión Consolidada. Adecuaciones.
El Banco Central dispone que las entidades financieras calificadas como bancos de importancia sistémica a nivel local (D-SIB) y las sucursales o subsidiarias de bancos del exterior calificados como bancos de importancia sistémica a nivel global (G-SIB) deberán cumplir con los textos ordenados sobre Ratio de Apalancamiento, Grandes Exposiciones al Riesgo de Crédito y Capitales Mínimos de las Entidades Financieras, sobre base consolidada trimestral que comprenda a su compañía holding, en los términos previstos en el punto 5.2.2. del texto ordenado sobre Supervisión Consolidada.