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Circular LISOL 1-1093, RUNOR 1-1890: Sociedades de Garantía Recíproca (Art. 80 de la Ley 24.467). Fondos de Garantía de Carácter Público. Graduación del Crédito. Adecuaciones.
El Banco Central realiza adecuaciones y reemplaza hojas de los textos ordenados de las normas sobre: • Sociedades de Garantía Recíproca (art. 80 de la ley 24.467); • Graduación del Crédito; • Fondos de Garantía de Carácter Público. Entre otras cuestiones, dispone que a los efectos de la observancia del texto ordenado sobre Graduación del Crédito, la ‘responsabilidad patrimonial’ que las entidades financieras deberán considerar en el caso de Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) y los Fondos de Garantía de Carácter Público será el Fondo de Riesgo Disponible (FRD) calculado conforme se establece en los textos ordenados sobre Sociedades de Garantía Recíproca (Art. 80 de la Ley 24.467) y Fondos de Garantía de Carácter Público.