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Circular LISOL 1-1083, OPRAC 1-1267, OPASI 2-730: Depósitos e Inversiones a Plazo. Financiamiento al Sector Público no Financiero. Adecuaciones.
El BCRA estableció, con vigencia a partir del 02/12/24, actualizar el texto ordenado sobre Depósitos e Inversiones a Plazo con el objetivo de incluir la tasa TAMAR. Dicha tasa será calculada en base a los depósitos concertados a plazo fijo de 1.000 millones de pesos o más, con vencimiento de 30 a 35 días. La TAMAR se publicará diariamente, a partir del 2 diciembre de 2024 y a diferencia de otras tasas de interés de referencia, como la BADLAR y la TM20, la característica distintiva de la TAMAR consiste en que el monto mínimo de los depósitos elegibles para su cómputo se irá actualizando anualmente.