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Circular CAMEX 1-1033: Exterior y Cambios. Adecuaciones.
El BCRA contempla nuevas operaciones en el marco del pago de importaciones y pago de servicios a no residentes. En relación a las operaciones de importaciones de bienes a partir del 13/12/23 que pueden cancelarse antes de los plazos previstos en el punto 10.10.1. de las normas de Exterior y Cambios o para cursar pagos de importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero pendiente, se autorizan los pagos a la vista y/o pago diferido de importaciones y pagos anticipados de bienes de capital mediante la realización de un canje y/o arbitraje con los fondos depositados en una cuenta en moneda extranjera en una entidad financiera local, cumplimentando además el resto de los requisitos indicados en la norma. En esa misma línea, respecto de las operaciones de importaciones de servicios a partir del 13/12/23 que pueden cancelarse antes de los plazos previstos en el punto 13.2., se autoriza el acceso al mercado cuando el pago sea a una contraparte no vinculada al cliente y se concrete mediante la realización de un canje y/o arbitraje con los fondos depositados en una cuenta en moneda extranjera en una entidad financiera local.