‘A’ 7273

El Banco Central prorroga hasta el 31.05.2021 el plazo para cumplimentar el ‘Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes‘, y a partir del 01.06.2021, las entidades deberán contar con la conformidad previa del BCRA para dar curso a aquellas operaciones que correspondan a egresos por el mercado de cambios de los sujetos obligados a cumplimentar el ‘Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes’ cuyo trámite conste como ‘NO INSCRIPTO’