‘A’ 7142

El Banco Central comunica que deja sin efecto lo previsto en el punto 5. de la Comunicación ‘A’ 7106 que establecía que ‘los no residentes no podrán concertar en el país ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera‘ Además, se reemplaza el punto 6. de la mencionada comunicación por lo siguiente:  ‘Las transacciones de títulos valores concertadas en el exterior no podrán liquidarse en pesos en el país, pudiéndose liquidar en pesos en el país solamente aquellas operaciones concertadas en el país.