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El Directorio del Banco Central de la República Argentina, para continuar con la estrategia de armonizar las tasas de interés de la política monetaria y mantener el sesgo positivo del rendimiento de los ahorros en pesos, aprobó una serie de medidas. Con vigencia a partir del 16 de octubre: – Las tasas mínimas para plazo fijo y la tasa fija de precancelación de los depósitos con opción de cancelación anticipada en Unidades de Valor Adquisitivo (‘UVA’) se realicen a partir de esta fecha (previstas en los puntos 1.11.1. y 2.8.2se determinarán a partir de la tasa de la licitación de Letras de Liquidez del BCRA (LELIQ) en pesos de menor plazo del día anterior, o la última divulgada en su caso, respecto de aquel en el que se realicen las imposiciones. – Incrementa los porcentajes aplicables para la determinación de las tasas mínimas para plazos fijos previstas en las normas sobre ‘Depósitos e inversiones a plazo’, a:91,89 % para el acápite i) del punto 1.11.1.1.; y86,49 % para el acápite ii) del punto 1.11.1.1. Con vigencia a partir del 21 de octubre: – Se vuelven a incrementar los porcentajes aplicables para la determinación de las tasas mínimas para plazos fijos previstas en las normas sobre ‘Depósitos e inversiones a plazo’, a:94,44 % para el acápite i) del punto 1.11.1.1.;88,89 % para el acápite ii) del punto 1.11.1.1.; y73,89 % para el punto 1.11.1.2. – Incrementar a 0,7917 el coeficiente que determina la tasa fija de precancelación de los depósitos con opción de cancelación anticipada en Unidades de Valor Adquisitivo (‘UVA’).